Departamental Intendente Alvear,  personal de esta unidad pudieron interceptar en patrullaje de prevención a infractores de la ley de caza por no reunir documental para dicha caza.

De oficio se labran actuaciones sumarias con intervención del Ministerio de La Producción por infracción ley de caza 1194,  en virtud personal de esta unidad interceptar en patrullaje de prevención una camioneta con torreta advirtiendo la falta de logos específicos para la práctica de la caza.

Ante esta eventualidad se logró identificar a conductor quien transitaba careciendo de documento al momento de su identificación,  de seguro obligatorio para transitar como así también carece de permiso alguno para practicar la caza de liebre,  carece permiso de dueño de campo,  carece de permiso de armas y municiones.

Se prosedió al secuestrando rodado tipo Pick up, municiones,  percutadas,  arma de fuego carabina RUGGER tipo .22 con mira y (34) liebres.

Paralelamente se inician actuaciones por infracción a la ley nacional de tránsito,  dando intervención al Juzgado de Faltas local donde vehículo y conductor fueron retenido e infraccionado respectivamente.

Por último se labran actuaciones con injerencia del Ministerio Publico Fiscal ante la portación y tenencia de arma de fuego careciendo de documental alguna que respalde titularidad y/o autorización.

Tambien de esta Departamental de Policia, se recuerda a quienes practiquen este tipo de actividad el reglamnto de Caza Comercial.

Temporada de caza comercial de liebre europea

21 de mayo y el 15 de agosto

       PARA CAZAR SE REQUIERE  

 Permiso anual de caza comercial (personal e intransferible),

Autorización de dueño de campo según modelo de Anexo I.

Documento de identidad.

Documentación de las armas en vigencia.

 COMO SACAR EL PERMISO DE CAZA COMERCIAL?

Requisitos:

 

  • No estar inhabilitado para la caza.
  • Presentar “Certificado de libre de deuda” .
  • Presentar certificado de antecedentes policiales emitido en el año en curso,
  • Ser mayor de 21 años.
  • Presentar Tarjeta verde y fotocopia de la misma.
  • Presentar Tarjeta rosa y su fotocopia.
  • Presentar Autorización de dueño de campo especial para la caza comercial, completa y con la firma certificada. 
  •  Cumplidos los requisitos establecidos anteriormente se deberá abonar

 PESOS OCHOCIENTOS TREINTA ($ 830)

por cada permiso para caza comercial de liebre europea

 Por cada permiso de caza titular se podrán anotar hasta tres acompañantes, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

 

  • No estar inhabilitado para la caza.
  • Presentar “Certificado de libre de deuda”.
  • Presentar certificado de antecedentes policiales emitido en el año en curso.
  • Ser mayor de 21 años.

           Cumplidos éstos requisitos se le otorgará un permiso individual y gratuito a cada uno de ellos.

 DE LA  AUTORIZACIÓN DE DUEÑO DE CAMPO

 Cada propietario u ocupante legal de un predio podrá otorgar hasta CINCO (5) autorizaciones de dueño de  campo.

 

  • Original  ( blanco) en poder del cazador,
  • Duplicado (amarillo) deberá entregarse en la Dirección de Recursos Naturales.
  • Triplicado (celeste) tendrá que entregarse al dueño de campo. 

     

    Dicha autorización  DEBERÁ TENER la firma certificada por  autoridad competente, juez de paz, policía o escribano  público.

     
    La omisión de cualquiera de estos datos invalidará el permiso citado.

    No serán válidas otro tipo de autorizaciones.

     Podrá  retirarse en: 

     – Dirección de Recursos Naturales 

    –  Delegaciones de General Pico y General Acha.

     
    DEL VEHÍCULO DE CAZA: deberá registrarse junto con el cazador titular. 

    Deberá acreditar la siguiente documentación: 

     

  • Cédula de identificación del automotor (tarjeta verde) y fotocopia de la misma.
  • Documento Nacional de identidad del chofer y fotocopia del mismo.
  • Licencia de Conducir del conductor del vehículo y fotocopia de la misma.

     
    Cumplidos los requisitos indicados anteriormente se volcarán los datos del vehículo en el permiso de caza (marca, modelo y dominio). Debiendo  cumplir con los requisitos exigidos para circular,  de acuerdo a la legislación en materia de tránsito vigente. 

     

Se otorgará un autoadhesivo con un número identificatorio precedido por la letra C, coincidente con el número de caza comercial de liebre que deberá adherirse al vehículo, de manera que resulte visible.

 

DEL PERMISO DE ACOPIO

 Acopiador o sub-acopiador es toda persona física o jurídica que
acumula en cantidad, en un lugar físico habilitado para tal fin, piezas de liebre europea producto de la caza comercial habilitada. Diferenciándose ambos porque los acopiadores son los que almacenan las liebres en cámaras frigoríficas y sub-acopiadores son los que entregan diariamente las liebres a los acopiadores.

 Los  acopiadores  y  sub-acopiadores  deberán   presentar la  siguiente  documentación:

  Declarar si tuvieren cámaras de refrigeración, fijas o móviles.

 

  • Documento de identidad del acopiador y fotocopia del mismo.
  • Domicilio comercial del lugar de acopio.
  • Constancia de inscripción en Ingresos Brutos certificada por la  Dirección General  de Rentas de La Pampa emitida en el año 2018.
  • Habilitación municipal ó licencia comercial.
  • Constancia de CUIT.

     

    Planilla de inspección aprobada

    – Acopios para liebre (PESOS DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA)……………..   $  2.360.-

    – Sub-acopio para liebre (PESOS CUATROCIENTOS).……….…………………..  $     400.-

    – Permiso de sub-acopio de zorro y liebre  …………………………………………..

    (PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO)……………………………………….    $     345.-

    – Permiso de acopio para liebre y zorro (PESOS DOS MIL OCHENTA) …………    $  2.080.-

SE otorgarán los talonarios de guías de tránsito interno bajo recibo

 

DEL TRANSPORTE INTERNO DE LA LIEBRE

 Deberán presentar:

 

  • Cédula de identificación del automotor (tarjeta verde) y fotocopia de la misma.
  • Documento Nacional de identidad del chofer y fotocopia del mismo.

Licencia de Conducir del conductor del vehículo y fotocopia de la misma.

   Se otorgará una tarjeta: con los siguientes datos  marca, modelo, dominio del vehículo ynúmero identificatorio  precedido por la letra T.

 Se abonará: 

– PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 785) por camioneta o automóvil  

– PESOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 1.575) por camión.