El Municipio comunica que a las actividades esenciales dictadas por el Gobierno Nacional se suman nuevos permisos en el Partido de General Villegas que hacen a la flexibilización de la cuarentena, la cual continuará de igual manera regulada, controlada y administrada.
A saber los comercios permitidos en los horarios de 7 a 20 hs. (supermercados, comercios minoristas de proximidad, farmacias, ferreterías, veterinarias, comercios de venta de productos de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, corralones, servicios de internet fija, móvil y servicios digitales) continuarán trabajando de igual modo y el resto de los comercios podrán operar únicamente en modalidad de entrega a domicilio.En ningún caso se podrá realizar atención al público.
Será requisito el registro de los comerciantes en la Secretaría de Comercio al mail comercioeinspeccion@gmail.com. Se recomienda dejar visible el numero telefónico en las puertas de los locales, para que los clientes puedan contactarlos, acordar la compra y entrega. Es fundamental extremar los cuidados de los productos que salen de los comercios, así como cuando se reciben en las casas. Esto significa, de ser posible, evitar usar efectivo y priorizar mercado pago o transferencia bancaria. Dejar la compra en el suelo, rociarlo con solución diluida de agua y lavandina o tirar el envoltorio o bolsa donde estaba el producto. Si es de tela, lavarlo.
También están permitidos los oficios como gasista, plomería, electricista, jardinería y fumigación y el trabajo en la obra privada con la obligación del registro del propietario de obra y los albañiles, carpinteros y oficios afines. En tal caso, no podrán ser más de dos personas por obra y será requisito que cumplan con las medidas de seguridad e higiene informadas. Uso de barbijo, uso de ropa adecuada e higiene personal y del transporte al llegar a sus hogares, lavado de manos y cambiado de ropa.Todos estos deberán también registrarse en: comercioeinspeccion@gmail.com.
Además, tal como se anunció el jueves pasado, transportistas, contratistas y personal relacionado con actividades agropecuarias deberán registrarse a registrocontratistascovid19@gmail o dirigirse a la Delegación Municipal de cada localidad.
Este control de las actividades y personas en actividad, será de vital importancia para poder tener un registro de la cadena epidemiológica, es decir tener información acerca de los movimientos de las personas, para, en caso de aparecer un caso positivo de Covid-19, tener la mayor información posible para prevenir el contagio y la propagación del virus.
Además se detalla a continuación otras actividades específicas permitidas anunciadas por presidencia:
*Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos y respetando el protocolo establecido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
* Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
* Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.
* Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
Personas con Discapacidad
* Se permite la circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente. En tales casos, las personas asistidas y su acompañante deberán portar sus respectivos Documentos Nacionales de Identidad y el Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma digital.
* Se autorizan las prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista. Los profesionales deberán portar copia del documento de Identidad de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de Discapacidad, o la prescripción médica correspondiente con los requisitos previstos en el punto anterior.
Cabe recordar, que existe un Certificado único habilitante de Circulación, que se debe adquirir en el siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/solicitar-certificado-unico-habilitante-para-circulacion-emergencia-covid-19
En caso de dudas respecto de su comercio u oficio, favor remitirse a los correos electrónicos notificados.
Es una tarea de todos evitar que el coronavirus se propague en General Villegas. El aislamiento social sigue siendo la máxima recomendación a seguir, extremando los cuidados sobre todo en adultos mayores y pacientes de riesgo y el lavado de manos frecuentemente.
#CuidarteEsCuidarnos
#QuedateEnCasa
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