DOS CONDENADOS POR VIOLENCIA DE GENERO

En la primera condena.

El juez de audiencia de Santa Rosa, Carlos Besi, condenó a Jorge Abel Becerra a un año y seis meses de prisión en suspenso, por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves calificadas por haberse perpetrado en un contexto de violencia contra las mujeres, y por haber mantenido una relación de pareja, en concurso real con violación de domicilio y daño simple; todos ellos enmarcados en la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.

La víctima fue su ex esposa.

Besi dictó ese fallo a partir de un acuerdo de juicio abreviado suscripto entre el fiscal Marcos Hernán Sacco, la defensora oficial Silvia Mariel Annecchini y el imputado, un albañil de 41 años. En él también se convino que Becerra cumpla con estas pautas de conducta por el plazo de dos años: establecer residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de contactarse ni acercarse a menos de 200 metros de la damnificada y realizar un tratamiento psicológico.

La mujer prestó conformidad con la salida alternativa.

El juez dio por demostrado que el 9 de octubre pasado, a media tarde, la víctima llegó a su casa con su actual pareja y observó que en el lugar se hallaba su ex pareja para restituirle la hija que tienen en común.

En ese contexto, la mujer se acercó al vehículo de Becerra y éste le preguntó: “¿quién es ese?, ¿tu macho?”. Ella tomó a su hija y el acusado le expresó “ya vas a ver lo que te pasa”.

Becerra se acercó hasta la camioneta donde estaba la pareja de la damnificada y le dio un golpe en el rostro.

Al observar esta situación, la mujer entró a su casa y pasados unos minutos el agresor también entró y le dio a ella golpes de puño, cuando estaba en el baño con su hija. En esas circunstancias hubo forcejeos, hasta que llegó la policía y detuvo al acusado.

Segunda Condena.

La juez de control de Victorica, María Liz Figueroa Echeveste, condenó a Leandro Joaquín Ochoa, a diez meses de prisión en suspenso, por los delitos de lesiones leves calificadas por haber sido cometidas contra la persona con quien ha convivido y mantenido una relación de pareja, en concurso real con desobediencia judicial, valorados en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral contra la Mujer.

La víctima fue su pareja.

La resolución fue consecuencia de un juicio abreviado acordado entre la fiscal Alejandra Gabriela Moyano González, el defensor oficial Edgardo Javier Trombicki y el imputado, un ayudante de albañil de 22 años.

En él también se convino que Ochoa cumpla con las siguientes reglas de conducta durante dos años: fijarse residencia, debiéndose presentar trimestralmente ante el Juzgado de Paz de Telén; someterse al contralor de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley penal; y abstenerse de relacionarse y/o contactarse por cualquier medio con la damnificada, quien también dio su consentimiento al ser notificada del acuerdo.

En el legajo se demostró que el 9 de septiembre pasado, a la noche, en el interior de la vivienda donde el imputado convivía con la víctima, discutieron y aquel empujó y agredió a su concubina con golpes de puño, provocándole un hematoma con derrame en el ojo derecho y un edema en el pómulo izquierdo.

A su vez, el 22, le envió mensajes de texto al celular intentando contactarse con ella y el 24 la llamó y también le mandó mensajes diciéndole “te amooo”, “no voy a vivir si no estoy con vos” y “yo te amooo, ya no me queda vida sin vos yo pensé q me amabas”; incumpliendo con la orden de restricción absoluta de acercamiento y comunicación que tenía dictada.

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