CONDENADO POR ABUSO E INTENTO DE ROBO

El juez de control santarroseño, Nicolás Casagrande Lorences, condenó hoy a Jonhatan Gabriel Vila a seis meses de prisión en suspenso, como autor de los delitos de abuso sexual simple y robo simple en grado de tentativa, en concurso real.

La sentencia fue firmada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Marcos Sacco, la defensora oficial Leticia Pordomingo y el propio imputado, un empleado de 25 años, quien aceptó su culpabilidad.

La víctima, al ser informado de ello, dio su conformidad a la salida alternativa al conflicto penal

El magistrado dio por demostrado, con las pruebas reunidas por la fiscalía, que el 11 de septiembre del año pasado, en Edison y Emilio Zola, Vila empujó por la espalda a una mujer, quien se cayó al piso.

En esas circunstancias “intentó sustraerle su celular, no lográndolo, y se le arrojó encima, realizándole tocamientos en el cuerpo, para luego irse corriendo del lugar”.

Las partes también acordaron fijarle al acusado el cumplimiento de las siguientes obligaciones durante dos años: fijar residencia, concurrir mensualmente ante la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la ley penal, abstenerse de incurrir en actos de perturbación, intimidación, contacto y acercamiento a menos de 300 metros del lugar de residencia actual de la víctima, y realizar un tratamiento psicológico.

Casagrande Lorences dispuso, además, que una vez que el fallo quede firme, se libre un oficio la Procuración General a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 5 de la ley 2547 sobre Registro de procedimiento y notificación de antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual.

“Al margen del reconocimiento hecho por el imputado, el cúmulo de pruebas reunidas permiten tener por acreditado el hecho y la participación criminal responsable por parte de Vila; en particular el testimonio de la víctima, quien lo pudo identificar con facilidad y dio detalles precisos del hecho sufrido”, señaló el juez en la sentencia.

En los juicios abreviados, según lo determina el Código Procesal Penal de La Pampa, el tribunal no puede aplicar una pena superior a la requerida por el Ministerio Público Fiscal.

 

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