Absuelven a un acusado de violencia de género por «deficiente» labor de la Fiscalía

El juez Marcelo Pagano dictó la absolución de un hombre de 41 años. Aunque el magistrado reconoció que la víctima vivió un contexto de maltrato, criticó duramente que la causa llegara a juicio sin pericias médicas ni pruebas técnicas sólidas.

En una sentencia que pone la lupa sobre el desempeño de la Unidad Fiscal, el juez Marcelo Pagano absolvió a un hombre acusado de «lesiones leves agravadas» y «daño simple».

El fallo destaca una contradicción alarmante: la existencia de violencia de género fue probada, pero la orfandad probatoria impidió condenar al imputado por los hechos específicos denunciados.

Una investigación con «huecos» legales

La acusación, impulsada por la fiscal Andreina Montes, se centró en un episodio ocurrido en julio de 2023. Según la denuncia, el hombre habría roto los vidrios de una puerta y pateado a su expareja frente a sus hijos. Sin embargo, la estrategia de la defensa, a cargo de Héctor Freigedo, logró demostrar que la Fiscalía llegó a debate con elementos insuficientes:

  • Sin peritajes médicos: No hubo una constatación profesional de las lesiones en el momento del hecho.
  • Fotos dudosas: Las imágenes de los moretones no tenían fecha ciertas ni planos generales que permitieran identificar fehacientemente a la víctima.
  • Contradicciones familiares: Uno de los hijos de la pareja contradijo el relato de su madre durante la audiencia, negando haber tomado las fotografías presentadas en el legajo.

La dura crítica del Juez Pagano

El magistrado fue tajante al explicar que «el que la damnificada haya sido víctima de violencia de género no implica, per se, que el acusado haya sido autor de los hechos que se le endilgan».

Pagano aplicó el principio de «in dubio pro reo» (beneficio de la duda) y fue más allá, sugiriendo que el caso nunca debió haber escalado a la instancia de juicio oral debido a la falta de una «causa probable» sólida.

«La ausencia de una revisión médica oportuna atentó contra la dilucidación de la verdad», sentenció el juez en sus fundamentos.

El trasfondo del conflicto

La relación entre ambos duró nueve años y estuvo marcada por un «derrotero de violencia física y económica», según relató la mujer.

No obstante, las denuncias formales recién aparecieron en marzo de 2024, luego de que el acusado iniciara acciones legales para establecer un régimen de comunicación con sus hijos.

Este fallo abre nuevamente el debate en la provincia sobre la calidad de las investigaciones preparatorias en casos de alta sensibilidad social, donde la falta de rigor técnico puede derivar en la impunidad, incluso cuando el contexto de abuso es evidente.

1. El exceso de confianza en el testimonio

A veces, las Fiscalías de Género se confían demasiado en que el testimonio de la víctima es la «prueba reina». Si bien el testimonio es fundamental, en el derecho penal argentino no se puede condenar solo con la palabra de una persona si no hay un «corpus» de prueba que lo respalde (pericias, fotos certificadas, testigos). Aquí, la fiscalía se lanzó al juicio esperando que el juez «creyera» el relato, olvidando el rigor técnico.

2. La «Inflación de causas»

Muchas veces las fiscalías están desbordadas. Para evitar que las causas prescriban o para «mostrar gestión», elevan a juicio expedientes que están «atados con alambre». El problema es que, como dice el Juez en el fallo, si no hay una causa probable sólida, llevar eso a juicio es una pérdida de tiempo y recursos para el Estado.

3. Falta de capacitación técnica

Presentar fotos de un celular sin una pericia que diga cuándo se sacaron o a quién pertenecen es un error de principiante.

En 2026, con la tecnología que existe, que una Fiscalía no certifique metadatos de una imagen o no pida una revisión médica a tiempo es, como mínimo, una negligencia profesional.

4. La presión social vs. la realidad del expediente

Hay una presión social muy fuerte para que todas las causas de violencia de género lleguen a juicio. A veces, los fiscales prefieren que sea el Juez quien «absuelva» antes que ser ellos quienes «archiven» la causa por falta de pruebas, para evitar el costo político o las críticas de los colectivos sociales. Básicamente, le pasan la «pelota caliente» al magistrado.

¿Qué consecuencias tiene esto?

Lo peor de este caso es el mensaje que deja:

  • Para la víctima: Se siente desprotegida porque, aunque el Juez admitió que sufrió violencia, el agresor quedó libre por culpa de quienes debían defenderla.
  • Para el sistema: Se gastan miles de pesos en un juicio que nace muerto.

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OPINIÓN: Investigaciones de «cartón» y el peligro de la inoperancia judicial

Por la Redacción de NoticieroDigital.com.ar

Lo que ocurrió esta semana en los tribunales de General Pico no es solo una noticia policial más; es un síntoma de un sistema que, a veces, parece caminar en círculos.

El fallo del juez Marcelo Pagano es un llamado de atención ensordecedor para la Fiscalía local.

¿Cómo es posible que una causa por violencia de género llegue a juicio oral «atada con alambre»? El magistrado fue claro: la violencia existió, el contexto de maltrato estaba probado.

Sin embargo, tuvo que absolver al acusado. ¿Por qué? Porque la Fiscalía presentó fotos sin fecha, no hubo pericias médicas que certificaran los golpes y los testimonios se contradijeron en plena audiencia.

En derecho penal, no basta con «tener razón» o con que la víctima diga la verdad. Se necesitan pruebas.

Es inadmisible que en 2026, con todas las herramientas tecnológicas y protocolos de género existentes, una fiscalía eleve a juicio un expediente sin una mínima constatación técnica.

Llevar a una víctima a declarar, exponerla al proceso judicial y sentarla frente a su agresor para que después el caso se caiga por «negligencia investigativa» es, en sí mismo, otra forma de violencia.

Cuando los fiscales presentan acusaciones sin sustento, no solo pierden un juicio: le fallan a la víctima, malgastan los recursos del Estado y, lo más grave, alimentan la sensación de impunidad en una sociedad que ya no tolera más excusas.

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