El juez de control santarroseño, Carlos Matías Chapalcaz, dictó tres condenas en suspenso, de entre seis meses y un año, por agresiones a mujeres a través de juicios abreviados.
En un caso la víctima fue la esposa del imputado y en los otros dos, ex parejas. Dos legajos fueron encuadrados en la ley 26.485 de Violencia de Género.
Chapalcaz condenó a Sergio David De Dino a un año de prisión en suspenso, por ser autor del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja, valorado en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.
La sentencia fue consecuencia de un pedido de juicio abreviado convenido entre el fiscal Walter Antonio Martos, el defensor oficial Martín García Ongaro y el imputado, un empleado de 21 años. La víctima, su ex pareja, también dio su consentimiento –que no es vinculante– al ser informada del acuerdo.
Además de la condena, las partes acordaron que De Dino cumpla, por el plazo de dos años, las siguientes pautas de conducta, bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la sanción impuesta: fijar residencia, someterse al cuidado del Entre de Políticas Socializadoras, abstenerse de realizar todo acto de perturbación y/o intimidación en forma directa o indirecta respecto de la víctima; y realizar un tratamiento psicológico.
En la causa se probó que el 1 de noviembre del año pasado, a la noche, De Dino “tomó del cuello” a la damnificada y la hizo ingresar a una casa por la fuerza. Allí estaba su hija y ambas se retiraron juntas. Una vez en el exterior de la vivienda, y mientras ella cargaba a la niña en brazos, el acusado “la golpeó mediante un golpe de puño en la cabeza, ocasionándole lesiones”.
Para llegar a esa conclusión, el juez evaluó –más allá de la aceptación de la autoría por parte del acusado– los dichos de los facultativos que atendieron a la víctima, una serie de fotografías e informes oficiales de la Unidad Funcional de Género Niñez y Adolescencia, del médico forense y de la Oficina de Atención a la Víctima del Delito y a los Testigos.
“Me las vas a pagar”.
También Chapalcaz condenó a Julio Horacio Rodríguez a seis meses de prisión de ejecución condicional, como autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja en concurso real con amenazas simples. La víctima fue su esposa.
Además le impuso, como reglas de conducta por dos años, las obligaciones de fijar residencia, someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal, abstenerse de relacionarse de modo alguno con la víctima y de acercarse a menos de 220 metros de su domicilio; y realizar tratamiento psicoterapéutico.
La sentencia fue dictada a partir de un abreviado convenido entre el fiscal Andrés Eduardo Torino, el defensor oficial Juan José Hermúa y el imputado, un empleado público de 38 años, quien admitió su culpabilidad. La damnificada también dio su consentimiento al ser notificado de él.
Con la prueba recolectada, el juez dio por acreditado que el 28 de mayo del año pasado, a la tarde, cuando la víctima regresó de su trabajo a su domicilio, se generó una discusión con el acusado y por esa razón ella le pidió a su marido que se retirara de la casa que compartían. Rodríguez se enojó y la agredió “con un golpe de puño en la zona de la nuca, por el que la denunciante se cayó, y con posterioridad le manifestó que iba a matarla y le dijo ‘me la vas a pagar’”.
Chapalcaz, para emitir su fallo, tuvo en cuenta –más allá del reconocimiento efectuado por el imputado– los informes médicos, de la Oficina de Atención a la Víctima y a los Testigos, del equipo de la Unidad Funcional de Género y de la Dirección de Políticas de Género.
“Te voy a matar…”
Finalmente, el mismo juez condenó a Walter Sebastián Leyes a ocho meses de prisión en suspenso, como autor de los delitos de daño y amenazas en concurso real, valorados en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, y le fijó las siguientes pautas de conducta por dos años: fijar residencia, someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal; abstenerse de realizar todo acto de perturbación y/o intimidación en forma directa o indirecta respecto de la víctima; y efectuar un tratamiento psicológico.
El abreviado fue presentado por el fiscal Walter Antonio Martos, el defensor oficial Martín García Ongaro y el imputado, un desocupado de 42 años. La ex pareja, al ser citada para notificarle el acuerdo, manifestó que no podía asistir por razones laborales y pidió que no volvieran a llamarla.
Con los elementos probatorios recogidos durante la investigación fiscal preparatoria, se acreditó que el 16 de mayo del año pasado, a las 13, Leyes ingresó al domicilio de su ex pareja, fue a su habitación y tomó su teléfono celular. Luego comenzó a insultarla, mientras dañaba y golpeaba el teléfono con un cuchillo Tramontina. En un momento “le apoyó el cuchillo en el estómago, manifestándole ‘te voy a matar h… de p…”, debiendo intervenir el hijo de ella.





























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